No declarar facturas emitidas o recibidas a Hacienda es algo que ocurre más de lo que los emprendedores que están empezando pueden llegar a imaginarse y que, reconozcámoslo, supone una situación que da bastante respeto. ¿Qué pasa si no declaras una factura? ¿Estás condenado a ojos de la Agencia Tributaria?
Lo cierto es que no. Existen distintas formas de reaccionar a un problema administrativo que, por suerte, tiene solución. Por eso hoy te contamos todo lo que debes saber sobre cómo declarar una factura emitida o recibida olvidada y salir victorioso.
¿Qué pasa si tengo una factura que no he declarado?
Los accidentes ocurren, también a la hora de declarar facturas. Por eso, si te has topado con una que no has declarado en un trimestre anterior y quieres saber cómo solucionarlo (o si tiene solución siquiera), o si has sido previsor y buscas cómo declarar una factura olvidada antes de llevarte el susto, esto te interesa.
Lo primero que debes saber si has llegado hasta aquí buscando qué pasa si no declaras una factura es que aún tienes cierto margen de maniobra.
No declarar facturas emitidas
Si la factura no declarada fue emitida por nosotros, la única solución que tenemos es presentar una declaración complementaria, nada de declarar facturas emitidas en el siguiente trimestre. Esto supone la obligación de hacer frente al IVA correspondiente, pero también la de tener que pagar los recargos que la Agencia tributaria nos solicite por no declarar estas facturas a Hacienda dentro de los plazos estipulados.
Y si estás pensando en incluir el IVA repercutido en declaraciones posteriores para así intentar evitarte los citados recargos, debes saber que puede ser una muy mala idea.
No declarar facturas recibidas
No declarar una factura recibida puede solucionarse rectificando la declaración anterior, pero no siempre es necesario. De reaccionar dentro del plazo de presentación voluntaria, bastará con cambiar el saldo presentado en primera instancia. Básicamente, con esto estamos diciéndole a Hacienda que hemos tributado de más y que, por tanto, solicitamos una cantidad de dinero que nos pertenece por derecho.
Si es la Agencia Tributaria la que sale perdiendo con esta modificación, lo mejor es presentar una declaración complementaria de forma voluntaria, antes de que sea la propia Administración la que requiera la satisfacción de lo adeudado, ya que de ocurrir esto nos tocaría hacer frente a sanciones y/o recargos.
¿Cómo declarar facturas atrasadas?
En el caso de que se haya pasado el plazo de presentación de forma involuntaria, una forma acertada de gestionar esta problemática es incluir el IVA soportado dentro de una de las próximas declaraciones, preferiblemente dentro del mismo año.
¿Se puede declarar una factura del año anterior? Con la ley en la mano, tenemos hasta cuatro años para presentar facturas recibidas atrasadas de forma totalmente válida. Suele ocurrir que nos encontramos un gasto que no habíamos añadido y que, por tanto, nos ha hecho pagar un mayor tributo del que nos correspondía. Tranquilidad, no hemos perdido ese dinero, ¡al menos no si estamos dentro de plazo!
Declarar facturas del mes anterior
Para declarar una factura de un mes anterior deberás tener en cuenta si aún te encuentras dentro del mismo trimestre o no. Es decir, si encuentras una factura recibida de abril que no tenías contabilizada y estás ya a finales de mayo, no pasará nada de nada. Tanto las de abril y mayo como las facturas de junio irán todas declaradas en el modelo 303 de IVA del segundo trimestre del año.
¿Y si localizas esa misma factura de abril en el mes de agosto? Tras el susto inicial, lo único que tendrás que hacer será incluir el IVA repercutido de dicha factura en tu modelo 303 de IVA del tercer trimestre del año, el que deberás presentar entre los días 1 y 20 de octubre del ejercicio en curso.
Declarar facturas emitidas en el siguiente trimestre
Si lo que se quiere es declarar una factura de un trimestre anterior es que ya no se tiene la oportunidad de hacerlo en el trimestre al que le correspondía. Por fortuna, no hay ningún problema con esto, lo único que hay que hacer es incluir el IVA repercutido de dicha factura en el trimestre en curso o, si se prefiere, en el cuarto trimestre del año, que es el trimestre de la regularización.
Declarar facturas del año anterior
¿Y qué pasa si estamos hablando de una factura de uno, dos o incluso tres años anteriores? ¿Estamos en un buen lío? Una vez más, si hablamos de una factura recibida tenemos hasta 4 años para presentarla en el trimestre en el que hayamos hecho el hallazgo.
¿Aún sigues teniendo dudas la emisión de las facturas?. En Boix Asesores estaremos encantados de ayudarte. Contacta con nosotros aquí.