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Bonificaciones a la contratación: nuevos incentivos al empleo

La reforma de los incentivos a la contratación laboral establece un nuevo mapa de bonificaciones ante la necesidad, justificada por la Ejecutiva central de crear un marco jurídico único para su regulación, que hasta ahora no existía. Estas modificaciones aparecen reflejadas en el Real Decreto-ley 1/2023, ya publicado en el BOE y que entrará en vigor en el mes de septiembre.

Nuevas bonificaciones

Los incentivos a la contratación se focalizarán en los contratos indefinidos a personas con atención prioritaria:

  • Se fomentará el tránsito de las situaciones formativas en prácticas o mediante contrato laboral en contratos indefinidos.
  • Los incentivos se centrarán en los contratos indefinidos con el objetivo de generar un mercado de trabajo resiliente, inclusivo y estable.
  • Se fomentará la contratación de personas con discapacidad, priorizando las que cuenten con mayores dificultades.
  • Se mantienen las bonificaciones para personas víctimas de violencia de género o sexuales.
  • Se impulsará el trabajo autónomo y de la economía social.

Además, se aplicarán bonificaciones para incentivar la contratación de:

  • Mujeres víctimas de violencia machistas.
  • Personas en situación de exclusión social.
  • Personas con discapacidad.
  • Personas jóvenes con baja cualificación.
  • Contratación formativa y transformación en contratos indefinidos.
  • Apoyo al empleo en la Economía Social.

Supuestos

Estas bonificaciones se reducirán proporcionalmente en el caso de empleos a tiempo parcial, dejando sin ayudas aquellos contratos en los que el tiempo de trabajo esté por debajo del 50 % de la jornada estándar, salvo en los supuestos de permisos por conciliación.

No obstante, se podrán incentivar las medidas acordadas en los convenios colectivos que incluyan compromisos como el mantenimiento o el incremento del empleo, la conversión de contratos formativos o de relevo en indefinidos o la mejora del empleo indefinido a tiempo parcial o fijo-discontinuo en empleo indefinido a tiempo completo u ordinario.

La norma, además, bonifica la readmisión de trabajadores que hubieran cesado en la empresa por incapacidad permanente total o absoluta, limitándose a los contratos indefinidos y a los supuestos en los que la readmisión no obedezca a un derecho del trabajador.

Respecto al contrato de formación en alternancia, se establecen bonificaciones equivalentes a las que resultarían de aplicar el 75% a las cuotas empresariales únicas previstas para este contrato y el 100% en función del tamaño de la empresa.

Por último, al igual que se hace con la bonificación por transformación del contrato de relevo, se elimina de la normativa que sólo puedan beneficiarse de esta bonificación las empresas con menos de 50 trabajadores en alta.

Principales nuevas bonificaciones a la contratación laboral

  • Contratación indefinida de jóvenes de Garantía Juvenil: 275 euros durante 3 años.
  • Cooperativas que contraten a personas en prácticas: 138 euros al mes durante 3 años.
  • Transformación en contratos fijos discontinuos de contratos temporales suscritos con personas trabajadoras incluidas en el sistema especial agrario por cuenta ajena (55 euros/mes y 73 euros/mes si se tratase de mujeres durante 3 años siguientes).
  • La contratación indefinida de personas trabajadoras en situación de exclusión social dará derecho a una bonificación en la cotización, de 128 euros al mes durante 4 años.
  • En cuanto a la contratación indefinida a personas desempleadas de larga duración (+45 años): bonificación de hasta 128 euros al mes durante 3 años si se contrata a una mujer.
  • El contrato de formación en alternancia dará derecho a una bonificación de 91 euros al mes (cuantía fija para la empresa). Este contrato también dará derecho a una bonificación de 28 euros al mes en las cuotas de la persona trabajadora a la Seguridad Social y por los conceptos de recaudación conjunta.

Por último, es importante tener en cuenta que el Real Decreto-ley 1/2023 indica que a las empresas que apliquen las nuevas bonificaciones del citado RDL por los contratos indefinidos y transformaciones de contrato a indefinido se les exigirá un mantenimiento del empleo durante un mínimo de 3 años desde la fecha de inicio del contrato o transformación.

¿Aún sigues teniendo dudas con las bonificaciones por contratación?. En Boix AsesoresGestoría Fiscal y laboral en Granada estaremos encantados de ayudarte. Contacta con nosotros aquí.