Si la facturación habitual es compleja en ocasiones, no hace falta ni pensar en cómo facturar al extranjero desde España.
Pero, como siempre, puedo ayudarte. Así que…¡vamos a ello! Te explico en este artículo todos las situaciones que pueden darse y los requisitos para facturar al extranjero.
Requisitos para facturar al extranjero desde España
ntre los requisitos para facturar al extranjero desde España se encuentra la necesidad de registrarse en el Registro de Operadores Intracomunitario (ROI) en algunos casos.
Este trámite se realiza en la Agencia Tributaria en el modelo 036. Con él se obtiene un NIF intracomunitario de IVA que permite facturar a las empresas que se ubiquen en la Unión Europea.
También puede ser necesario en algunas situaciones indicar en la factura la normativa que se aplica.
Por tanto, en cuanto a la facturación a empresas fuera de España se pueden dar diferentes situaciones:
- Facturas a particulares o empresas ubicadas fuera de la Unión Europea.
- Facturas a empresas ubicadas en la Unión Europea.
- Facturas a clientes particulares ubicados en la Unión Europea.
Cada situación tiene sus particularidades, así que voy a explicarte cómo se hacen las facturas en cada uno de los casos.
Cómo facturar al extranjero desde España
Cada situación que he comentado en el punto anterior es diferente a las demás y permite a una empresa o autónomo facturar al extranjero.
Vamos a verlas.
Cómo facturar a clientes de fuera de la Unión Europea
Cuando un autónomo va a facturar al extranjero, es decir, fuera de la Unión Europea, se considera una exportación.
Para facturar un bien o servicio al extranjero es importante tener en cuenta el artículo 21 de la Ley del IVA. En él se establece que las exportaciones de bienes están exentas de IVA, tanto para empresas como para particulares.
En el caso de una exportación de bienes es necesario indicar en la factura emitida una nota en la que se haga referencia a dicho artículo. Además, hay que guardar la factura de transporte y el DUA de exportación.
Cuando se hace este tipo de factura de exportación a un cliente de fuera de la Unión Europea, al tratarse de una exportación exenta de IVA, no será necesario incluirla en el modelo 349. Sí que es necesario incluirlo en el apartado de información adicional del modelo 303.
Es importante tener en cuenta que si vendes a Canarias, la tributación será igual que la de una exportación.
Sin embargo, cuando se factura una prestación de servicios a un cliente particular ubicado fuera de la Unión Europea sí será necesario incluir el IVA del país de origen. En tu caso, se aplicará el IVA español correspondiente según la actividad.
Cómo facturar a clientes de la Unión Europea
Los clientes intracomunitarios son aquellos que residen o tienen su sede social en uno de los países miembros de la Unión Europea.
Si la operación que se factura está sujeta a IVA habrá que incluirlo, salvo que tanto el emisor como el receptor de la factura estén incluidos en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI). En este último caso, se emitirá sin IVA.
Aunque se emitan facturas sin IVA, éstas deben ser incluidas en el Modelo 303 de IVA trimestral y en el Modelo 349 de operaciones intracomunitarias.
Existen importantes diferencias entre la facturación a empresas o profesionales intracomunitarios y la que se hace a particulares.
Facturar a clientes particulares de la Unión Europea
Si la factura emitida es a un cliente particular de la Unión Europea, el IVA a aplicar en la misma depende del tipo de operación de que se trate:
- Para la venta de bienes, se aplicará el tipo de IVA correspondiente al país del vendedor, es decir, estará sujeta al IVA. Deberán incluirse estas facturas en los modelos 303 y 349.
- Para la prestación de servicios, se aplicará el IVA correspondiente al país del vendedor, en este caso España. Esta operación se tratará como cualquier operación nacional. Estas operaciones deben incluirse en los modelos 303 y 349.
- Para los servicios digitales o de telecomunicaciones, se aplicará el IVA correspondiente al país del comprador.
- En el caso de las ventas a distancia, se aplicará un Régimen Especial, siempre que no superen los 35.000 euros. En este caso, se aplicará el IVA del país de origen. Si superan ese umbral, se facturará con el IVA del país destino.
Facturar a empresas o profesionales de la Unión Europea
Si se factura a empresas o profesionales dentro de la Unión Europea, la normativa que se aplica es la misma que para las ventas nacionales.
Se hace de la misma forma tanto para la venta de bienes como para la prestación de servicios, aplicándose la inversión del sujeto pasivo.
Todas las facturas estarán exentas de IVA, siempre que empresa y cliente estén dados de alta en el ROI.
Existe una excepción y son los servicios regulados por el artículo 70 de la Ley del IVA, como los relacionados con inmuebles en España, servicios de transporte, restauración, etc. En estos casos, se entenderán prestados los servicios en el territorio de aplicación del impuesto.
Ahora ya sabes cómo facturar al extranjero desde España y los requisitos que hay que cumplir. Además, hay que tener en cuenta las diferencias entre la exportación y la facturación a empresas o particulares intracomunitarios, así como si se facturan bienes o servicios.